DECRETO 163 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 163 DE 1999    

(enero 21)    

por el cual se amplían los plazos para la  presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la declaración  mensual de la retención en la fuente y declaración bimestral del impuesto sobre  las ventas, en el municipio de San Pablo del departamento de Nariño.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales y en especial de las conferidas en los numerales 11  y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y  de conformidad con lo dispuesto en los artículos 579, 603, 800, 811 del  Estatuto Tributario,    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto  3049 del 23 de diciembre de 1997, fijó los lugares y plazos para la  presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos y  retenciones en la fuente;    

Que con ocasión de los acontecimientos de orden público ocurridos en el  municipio de San Pablo del departamento de Nariño el día 14 de diciembre de  1998, la Caja de Crédito Agrario no está prestando el servicio de atención al  público, afectando así la recepción de las declaraciones tributarias;    

Que los plazos para declarar y pagar la retención en la fuente de los  vencimientos correspondientes al mes de diciembre de 1998, vencen los días 19,  20, 21, 22, 26 de enero de 1999, cuyos últimos dígitos del NIT son: 1 o 2, 3 o  4, 5 o 6, 7 u 8, 9 o 0, respectivamente;    

Que los plazos para declarar y pagar el impuesto a las ventas del  bimestre correspondiente a los eses de noviembre-diciembre de 1998, vencen los  días 21, 22, 26, 27, 28 de enero de 1999, cuyos últimos dígitos del NIT son: 1  o 2, 3 o 4, 5 o 6, 7 u 8, 9 o 0 respectivamente;    

Que en consecuencia se hace necesario ampliar los plazos para la  presentación y pago de las declaraciones tributarias de retención en la fuente  correspondientes al mes de diciembre de 1998, y de las declaraciones  tributarias de impuesto sobre las ventas del bimestre correspondientes a los  meses de noviembre-diciembre de 1998 cuyos vencimientos se vieron o se podrán  ver afectados por el cierre de la oficina de la Caja de Crédito Agrario  Industrial y Minero del municipio de San Pablo en el departamento de Nariño,    

DECRETA:    

Artículo 1°. prorrogar los plazos establecidos en el Decreto  3049 del 23 de diciembre de 1997 hasta el día 30 de enero de 1999 en el  municipio de San Pablo en el departamento de Nariño, para la presentación y  pago de las declaraciones tributarias de retención en la fuente de los meses de  diciembre de 1998 y para la presentación y pago de las declaraciones  tributarias del impuesto sobre las ventas del bimestre noviembre-diciembre de  1998, cuyos plazos vencen los días 19, 20, 21, 22, 26 de enero de 1999 y los  días 21, 22, 26, 27, 28 de enero de 1999, respectivamente.    

Artículo 2°. Los nuevos plazos para la presentación y pago de las  declaraciones tributarias de retención en la fuente del mes de diciembre de  1998, y del bimestre noviembre-diciembre de1998 para la presentación y pago de  las declaraciones tributarais del impuesto sobre las ventas rigen únicamente  para la jurisdicción del municipio de San Pablo en el departamento de Nariño.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de enero de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo.              

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