DECRETO 1611 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1611 DE 2001    

(agosto 1°)    

por el cual se modifica el Decreto 541 de 2000  que modificó la planta de personal del Ministerio  de Transporte.    

Nota 1: Derogado por el Decreto 2054 de 2003,artículo  9º.    

Nota 2: Modificado parcialmente por  el Decreto 1490 de 2003.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del  artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Sentencia proferida por la  Sala Tercera de Decisión Laboral del Distrito Judicial de Barranquilla el día  18 de diciembre de 2000, se ordena al Ministerio de Transporte el reintegro del  señor Oswaldo Altamar Mesino identificado con cédula de ciudadanía 890808 de  Cartagena, en el empleo de Profesional Universitario código 3020 grado 05;    

Que en la planta de personal del  Ministerio de Transporte no existe vacante del empleo de Profesional  Universitario código 3020 grado 05;    

Que para cumplir con la Sentencia  proferida se hace necesaria la supresión de un (1) empleo de Auxiliar  Administrativo Código 5120 grado 11 y un (1) empleo de Operario Calificado  código 5300 grado 11 y la creación de un (1) empleo de Profesional Universitario  código 3020 grado 05 en la planta de personal del Ministerio de Transporte;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprimir los siguientes  empleos de la planta de personal del Ministerio de Transporte, así:    

No. de Cargos                                                 Dependencia  y denominación del Empleo Código          Grado    

Planta  Global    

1  (un)            Auxiliar Administrativo                5120       11    

1 (un)            Operario Calificado                    5300       11    

Artículo 2°. Crear el siguiente empleo  en la planta de personal del Ministerio de Transporte, así:    

No. de Cargos                                                 Dependencia  y denominación del Empleo Código          Grado    

Dirección  Territorial Atlántico    

Uno (1)      Profesional Universitario             3020      05    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 541 de 2000.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 1° de agosto de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de H acienda y Crédito  Público,    

Juan Manuel Santos Calderón.    

El Ministro de Transporte,    

Gustavo Adolfo Canal Mora.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.    

               

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