DECRETO 1588 DE 2000
(agosto 17)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.
Nota 1: Derogado por el Decreto 3124 de 2007, artículo 4º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 3500 de 2006, por el Decreto 1498 de 2005, por el Decreto 104 de 2004, por el Decreto 2110 de 2003, por el Decreto 1296 de 2003 y por el Decreto 58 de 2003.
Nota 3: Adicionado por el Decreto 1705 de 2002.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Defensa Nacional conforme a lo dispuesto en los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 presentó estudio técnico para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo el concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó Certificado de viabilidad presupuestal con Oficio número 8841 del 06 de julio de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional los siguientes cargos:
N° de Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
cargos
1 (uno) Subsecretario General – –
4 (cuatro) Jefe de Oficina 2045 23
2 (dos) Jefe de Oficina 2045 20
2 (dos) Jefe de División 2040 23
2 (dos) Jefe de División 2040 20
8 (ocho) Profesional Especializado 3010 16
2 (dos) Profesional Universitario 3020 12
1 (uno) Secretario Privado 3035 14
1 (uno) Analista de Sistemas 4005 17
1 (uno) Analista de Sistemas 4005 13
2 (dos) Técnico Operativo 4080 11
3 (tres) Técnico Operativo 4080 09
1 (uno) Especialista Asesor Primero 3012 –
3 (tres) Especialista Tercero 4016 –
1 (uno) Especialista Cuarto 4018 –
1 (uno) Especialista Quinto 4022 –
2 (dos) Especialista Sexto 4024 –
Artículo 2°. Las funciones propias de los Despachos del Ministro, del Viceministro, la Secretaría General y la Dirección para la Coordinación de Entidades Descentralizadas del Ministerio de Defensa Nacional, serán desarrolladas por la planta de personal que se establece a continuación, así:
DESPACHO DEL MINISTRO
N° de Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
cargos
1 (uno) Ministro 0005
2 (dos) Asesor 1020 12
1 (uno) Asesor 1020 07
1 (uno) Secretario Privado 3035 18
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 11
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 09
DESPACHO DEL VICEMINISTRO
1 (uno) Viceministro 0020
3 (tres) Asesor 1020 06
1 (uno) Secretario Privado 3035 18
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 09
PLANTA GLOBAL
1 (uno) Secretario General de Ministerio 0035 20
1 (uno) Obispo Castrense
1 (uno) Vicario General
1 (uno) Director Técnico 0100 20
3 (tres) Director Técnico 0100 14
1 (uno) Director Financiero 0100 14
1 (uno) Director Administrativo 0100 14
2 (dos) Jefe de Oficina 0137 13
1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 08
1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 08
1 (uno) Asesor 1020 07
3 (tres) Asesor 1020 06
32 (treinta y dos) Profesional Especializado 3010 18
12 (doce) Profesional Especializado 3010 16
20 (veinte) Profesional Universitario 3020 14
23 (veintitrés) Profesional Universitario 3020 12
33 (treinta y tres) Profesional Universitario 3020 10
33 (treinta y tres) Profesional Universitario 3020 08
28 (veintiocho) Profesional Universitario 3020 06
1 (uno) Analista de Sistemas 4005 17
2 (dos) Analista de Sistemas 4005 15
2 (dos) Analista de Sistemas 4005 13
11 (once) Técnico Administrativo 4065 11
18 (dieciocho) Técnico Administrativo 4065 09
25 (veinticinco) Técnico Administrativo 4065 07
2 (dos) Técnico Operativo 4080 11
5 (cinco) Técnico Operativo 4080 09
4 (cuatro) Especialista Primero 4012 –
2 (dos) Especialista Segundo 4014 –
8 (ocho) Especialista Tercero 4016 –
40 (cuarenta) Especialista Cuarto 4018 –
30 (treinta) Especialista Quinto 4022 –
50 (cincuenta) Especialista Sexto 4024 –
2 (dos) Adjunto Jefe 5020 –
N° de Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
cargos
5 (cinco) Adjunto Intendente 5022 –
5 (cinco) Adjunto Mayor 5028 –
4 (cuatro) Adjunto Especial 5032 –
34 (treinta y cuatro) Adjunto Primero 5034 –
22 (veintidós) Adjunto Segundo 5036 –
18 (dieciocho) Adjunto Tercero 5038 –
Artículo 3°. Los empleos que se relacionan a continuación quedarán suprimidos de la planta de personal establecida en el artículo anterior una vez se produzca su vacancia definitiva, de lo cual se informará al Departamento Administrativo de la Función Pública dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que ello ocurra:
N° de Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
cargos
PLANTA GLOBAL
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 07
1 (uno) Especialista Cuarto 4018 –
1 (uno) Especialista Quinto 4022 –
Artículo 4°. El Ministro de Defensa Nacional, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global de que trata el presente Decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio del Ministerio.
Artículo 5°. La incorporación de los empleados a los cargos de la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto se efectuará dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de su publicación, conforme a las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 6°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 7°. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprimiese el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley número 443 de 1998 y en los Decretos reglamentarios números 1572 de 1998 y 1173 de 1999 con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto ley número 1568 de 1998.
Artículo 8°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2323 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 17 de agosto de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga.