DECRETO 1573 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1573 DE 2001    

(julio 30)    

por el cual se autorizan unas  operaciones al Instituto de Fomento Industrial, IFI.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y  el literal a), numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema  Financiero, e informada previamente la Junta Directiva del Banco de la  República,    

DECRETA:    

Artículo lº. Autorízase  al Instituto de Fomento Industrial, IFI, para celebrar operaciones con  organismos no gubernamentales, con cooperativas de ahorro y crédito sometidas a  vigilancia y control del Estado, y con las demás entidades no financieras  especializadas en actividades de financiación a la micro, pequeña y mediana  empresa, bajo el mecanismo del redescuento u otro similar conforme al cual el  reembolso de los recursos del Instituto no esté exclusivamente respaldado por  el beneficiario final de los mismos.    

La Junta  Directiva del Instituto de Fomento Industrial, IFI, fijará las condiciones para  la realización de las operaciones aquí autorizadas.    

Artículo 2º.  El presente decreto rige a partir de su publicación, deroga el Decreto número  533 de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D.,C., a 30 de julio de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos.    

El Ministro de  Desarrollo Económico,    

Eduardo Pizano de Narváez.    

               

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