DECRETO 154 DE 1999
(enero 21)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará a las Repúblicas de Alemania y Suiza entre los días 25 al 30 de enero del año en curso, visita a Ciudad del Vaticano el día 1º de febrero por invitación del Santo Padre, y a Caracas, Venezuela, los días 2 y 3 de febrero, para asistir a la Posesión del señor Presidente de la República de Venezuela, Coronel (r) Hugo Chaves Frías;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Defensa Nacional está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Defensa Nacional, doctor Rodrigo Lloreda Caicedo, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º; 304 y 314.
2. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de enero de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.