DECRETO 1526 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1526  DE 2001    

(julio 25)    

por el cual se adiciona el artículo 3° del Decreto número  1078 de 1998.    

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las  conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución  Política de Colombia,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónase el siguiente  parágrafo al artículo 3° del Decreto 1078 de 1998,  así:    

Parágrafo. La “Cruz Cívica del Mérito  Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano” podrá concederse a los gobiernos  extranjeros, representados por los embajadores extraordinarios y  plenipotenciarios debidamente acreditados, que en virtud de una mi sión loable  o aportes benéficos, conlleven a logros en favor de la salud del pueblo  colombiano y por ende se hagan acreedores a tal reconocimiento.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO.    

La Ministra de Salud,    

Sara Ordóñez Noriega    

               

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