DECRETO 152 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 152 DE 2000    

(febrero 7)    

por  medio del cual se modifica el Decreto 1407 de 1999.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del  artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales previstas en la Ley 7a de 1991,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase el artículo décimo segundo del Decreto 1407 de 1999,  que en consecuencia quedará así:    

Adopción de la medida de salvaguardia. Concluida  la investigación de conformidad con el presente decreto, el Comité de Asuntos  Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior estudiará el informe técnico  presentado por el Incómex o quien haga sus veces, dentro de los cinco (5) días  hábiles siguientes a la fecha de su recibo por la Secretaría Técnica y  formulará una recomendación al Consejo Superior de Comercio Exterior.    

Así mismo, cuando en desarrollo de una investigación adelantada de  conformidad con el Decreto 152 de 1998,  el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomiende  la adopción de una medida de salvaguardia de carácter arancelario que no supere  el nivel consolidado por Colombia ante la Organización Mundial de Comercio,  dicha recomendación se homologará a las formuladas en las investigaciones  realizadas de acuerdo con este decreto y se formulará la recomendación  correspondiente al Consejo Superior de Comercio Exterior.    

En caso de que el Consejo Superior de Comercio Exterior se abstenga de  recomendar al Gobierno Nacional la aplicación de la medida, deberá comunicarlo  por escrito a las partes interesadas a través del Secretario del Consejo dentro  de los cinco días hábiles siguientes al pronunciamiento de dicho Organismo.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 7 de febrero de 2000    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan  Camilo Restrepo Salazar.    

La Ministra de Comercio Exterior,    

Marta  Lucía Ramírez de Rincón.              

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