DECRETO 1505 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 1505 DE 1999    

(agosto 12)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las  facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Panamá,  Panamá, con el fin de asistir a la Conmemoración del 85 Aniversario de la  Construcción del Canal de Panamá, el día 15 de agosto de los corrientes.    

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la  precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Hacienda y Crédito Público  está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro  Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la  República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto,  deléganse en el Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Juan Camilo  Restrepo Salazar, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes  asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º  y 2º; 304 y 314.    

2. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las  facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de agosto de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

Juan Hernández Celis.              

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