DECRETO 1496 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1496  DE 2001    

(julio 19)    

por el cual se conceden unas vacaciones y se hace un  encargo.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9° del Decreto número  1045 de 1978 y el artículo 34 del Decreto número  1950 de 1973,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Concédese 5 días hábiles de  vacaciones a partir del 20 de julio de 2001 al doctor Juan Manuel Santos  Calderón, identificado con la cédula de ciudadanía número 19123402 de Bogotá,  Ministro de Hacienda y Crédito Público, por el período de servicios comprendido  entre el 18 de julio de 2000 y el 17 de julio de 2001, quedándole pendiente el  disfrute de 10 días hábiles.    

Artículo 2°. Encárgase de las funciones  del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público al doctor Federico  Alonso Rengifo Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía número 14998551  de Cali, Viceministro de Hacienda y Crédito Público, mientras dure la ausencia  del titular.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de julio de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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