DECRETO 1496 DE 2001
(julio 19)
por el cual se conceden unas vacaciones y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9° del Decreto número 1045 de 1978 y el artículo 34 del Decreto número 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1°. Concédese 5 días hábiles de vacaciones a partir del 20 de julio de 2001 al doctor Juan Manuel Santos Calderón, identificado con la cédula de ciudadanía número 19123402 de Bogotá, Ministro de Hacienda y Crédito Público, por el período de servicios comprendido entre el 18 de julio de 2000 y el 17 de julio de 2001, quedándole pendiente el disfrute de 10 días hábiles.
Artículo 2°. Encárgase de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público al doctor Federico Alonso Rengifo Vélez, identificado con la cédula de ciudadanía número 14998551 de Cali, Viceministro de Hacienda y Crédito Público, mientras dure la ausencia del titular.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO