DECRETO 1443 DE 2000
(julio 26)
por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 129 y 189 de la Constitución Política, y los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que durante los días 2 al 4 de agosto de 2000, se llevará a cabo en la ciudad de Viña del Mar, Chile, la mesa de trabajo: “Desarrollo del Sistema de Concesiones de Infraestructura Pública en América Latina y el Caribe”;
Que a dicho evento ha sido invitada la doctora Claudia Stevenson Monroy, Asesora del Despacho del Ministro;
Que los gastos de alojamiento y alimentación serán sufradados por la Agencia de Cooperación de Gobierno de Chile, AGCI, dentro del marco de Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo, CTPD, y los pasajes aéreos serán suministrados por la Organización Internacional de las Migraciones, OIM;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros y organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno Nacional, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrá ser aceptada previa autorización del Gobierno Nacional, razón por la cual este despacho encuentra procedente autorizar a la doctora Claudia Stevenson Monroy, Asesora del Despacho del Ministro de Transporte, para que acepte los gastos de alojamiento, alimentación y pasajes aéreos por parte de las entidades antes mencionadas,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Claudia Stevenson Monroy, identificada con la cédula de ciudadanía número 39687645 expedida en Usaquén, Asesora del Despacho del Ministro de Transporte, para que acepte la invitación a participar en la mesa de trabajo: “Desarrollo del Sistema de Concesiones de Infraestructura Pública en América Latina y el Caribe”, y recibir el pago por concepto de alojamiento y estadía por parte de la Agencia de Cooperación del Gobierno de Chile, AGCI, dentro del marco de Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo, CTPD, y los pasajes aéreos por parte de la Organización Internacional de las Migraciones, OIM.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de julio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Transporte,
Gustavo Adolfo Canal Mora.