DECRETO 1416 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1416  DE 2001    

(julio 16)    

por el cual se derogan los artículos 22,  23 y 24 del Decreto 406 de 2001  y el Decreto 1245 de 2001.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Deróganse los artículos 22,  23 y 24 del Decreto  406 de marzo 14 de 2001 y el Decreto  1245 de junio 22 de 2001.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de julio de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Juan Manuel Santos.    

               

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