DECRETO 1403 DE 2001
(julio 12)
por el cual se autoriza a un funcionario para aceptar una invitación, se confiere una comisión de servicios en el exterior del país y se hace un encargo.
Nota: Modificado por el Decreto 1650 de 2001.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 129 y 189 numerales 1 y 18 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario la participación del doctor Juan Manuel Santos Calderón, identificado con cédula de ciudadanía número 19123402 de Bogotá, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la CVI Reunión del Directorio convocado por la Corporación Andina de Fomento, CAF, a realizarse el 17 y 18 de julio de 2001 en la ciudad de Caracas (Venezuela);
Que los gastos de pasajes y viáticos del doctor Juan Manuel Santos Calderón, durante su estadía en la ciudad de Caracas, serán asumidos por la Corporación Andina de Fomento, CAF;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional;
En consecuencia,
DECRETA:
Artículo 1°. Ver modificación del Decreto 1650 de 2001, artículo 1º. Autorízase al doctor Juan Manuel Santos Calderón, ya identificado, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que acepte el pago por parte de la Corporación Andina de Fomento, CAF, de los gastos de pasajes aéreos y viáticos durante su estadía en la ciudad de Caracas (Venezuela).
Artículo 2°. Ver modificación del Decreto 1650 de 2001, artículo 2º. Confiérase comisión de servicios al doctor Juan Manuel Santos Calderón, ya identificado, actual Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que se traslade los días 17 y 18 de julio de 2001 a la ciudad de Caracas (Venezuela) con el fin de asistir a la CVI Reunión del Directorio convocado por la Corporación Andina de Fomento, CAF.
Artículo 3°. Encárgase al doctor Federico Alonso Rengifo Vélez, identificado con cédula de ciudadanía número 14998551 de Cali, actual Viceministro de Hacienda y Crédito Público, de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, mientras dure la ausencia del titular.
Artículo 4°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO