DECRETO 1401 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1401 DE 2000    

(julio 17)    

por el cual se autoriza a un  funcionario para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial de las conferidas en los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que durante los días 25 y  26 de marzo de 1999, se llevó a cabo en Santiago de Chile, la I Reunión de la  Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica en el marco de la III  Reunión de la Comisión Binacional Permanente Colombia-Chile;    

Que la Comisión Mixta  aprobó la solicitud presentada por este Ministerio denominada  “Conocimiento de la experiencia del Sistema de Seguridad Social de  Chile”, la cual fue clasificada dentro del Grupo de Proyectos  Prioritarios, denominado Grupo A;    

Que la Agencia Colombiana  de Cooperación Internacional informa al Ministerio de Salud mediante  comunicación número 1395 de fecha 12 de julio de 2000, la aprobación del  proyecto en referencia, que se llevará a cabo en Chile, del 30 de julio al 5 de  agosto del año 2000;    

Que el Viceministro de  Salud, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud, delega al  doctor Carlos Paredes Gómez, Director General de Aseguramiento, del Ministerio  de Salud, para que asista al evento antes mencionado;    

Que los gastos por  concepto de pasajes internacionales serán cubiertos a través de los recursos de  la cuota operativa de Colombia a la Organización Internacional de Migraciones,  OIM y los gastos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Agencia  de Cooperación Internacional de Chile, AGCI;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política  establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorizar al  doctor Carlos Paredes Gómez, Director General de Aseguramiento, del Ministerio  de Salud, para que, en cumplimiento del Acuerdo Binacional de Cooperación  Técnica entre países en desarrollo, asista al programa “Conocimiento de la  experiencia del Sistema de Seguridad Social de Chile”, que se llevará a cabo  en Chile, del 30 de julio al 5 de agosto del año 2000.    

Parágrafo 1°. Los gastos  por concepto de pasajes internacionales serán cubiertos a través de los  recursos de la cuota operativa de Colombia a la Organización Internacional de  Migraciones, OIM y los gastos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por  la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, AGCI.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a julio 17 de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Viceministro de Salud,  encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud,    

Mauricio Alberto Bustamante  García.    

               

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