DECRETO 1384 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1384 DE 2000    

(julio 12)    

por el cual se autoriza a un  Magistrado para que acepte una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los  artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política,    

CONSIDERANDO:    

Que las Agencias Usaid,  Opdat e Icitap de la Embajada de los Estados Unidos de América han extendido  invitación para que la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura  designe un funcionario que asista a la capacitación que sobre Juicio Oral y  Salas de Audiencia, se celebrará en la ciudad de Albuquerque-Estado de Nuevo  México de ese país, del 17 al 25 de julio del año 2000;    

Que la invitación  comprende el pago de los gastos que ocasione el desplazamiento, estadía y  alimentación del funcionario escogido;    

Que la Sala  Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, resolvió designar al  doctor Gustavo Cuello Iriarte, magistrado de la misma, para que como  responsable del Proyecto de Salas de Audiencia, asista a la mencionada  capacitación;    

Que la Sala de Gobierno  del Consejo Superior de la Judicatura, mediante Resolución 06 de julio 6 del  año 2000, concedió Comisión de Servicios al doctor Gustavo Cuello Iriarte para  permitir su asistencia a la capacitación;    

Que de acuerdo con lo  dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política,  “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas  de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”;    

Que, en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase  al doctor Gustavo Cuello Iriarte, Magistrado de la Sala Administrativa del  Consejo Superior de la Judicatura, para que acepte la invitación extendida por  las Agencias Usaid, Opdat e Icitap de la Embajada de los Estados Unidos de  América y asista a la capacitación que sobre Juicio Oral y Salas de Audiencia  se dictará del 17 al 25 de julio del presente año en la ciudad de  Albuquerque-Estado de Nuevo México de ese país.    

La presente autorización  se extiende además para aceptar el pago de los gastos de traslado, estadía y  alimentación del funcionario durante los días que dure el evento, los cuales  serán asumidos por las agencias invitantes.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Justicia y  del Derecho,    

Rómulo González Trujillo              

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