DECRETO 1380 DE 2000
(julio 12)
por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 129 y 189 de la Constitución Política, y los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que durante los días 14 al 21 de julio de 2000, se llevará a cabo en la ciudad de Brasilia, Brasil, una visita técnica sobre Control y Gestión Ambiental en el Sector Transporte y Corredores de Comercio Internacional-Corredores de Transporte y Centros de Transferencia, dentro del marco de Cooperación Técnica Colombo-Brasileña;
Que a dicha visita han sido invitados los doctores Diego Sánchez Fonseca y Catalina Valenzuela de Narváez, Asesores del Despacho del Ministro;
Que los gastos de alojamiento y estadía serán sufragados por la Agencia Brasilera de Cooperación, ABC y los pasajes aéreos serán suministrados por la Organización Internacional de las Migraciones;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros y organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno Nacional, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrá ser aceptada previa autorización del Gobierno Nacional, razón por la cual este despacho encuentra procedente autorizar a los doctores Catalina Valenzuela de Narváez y Diego Sánchez Fonseca, Asesores del Despacho del Ministro de Transporte, para que acepten los gastos de alojamiento, estadía y pasajes aéreos,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a los doctores Catalina Valenzuela de Narváez identificada con la cédula de ciudadanía número 52008188 expedida en Bogotá, Diego Sánchez Fonseca identificado con la cédula de ciudadanía número 79237267, expedida en Suba, funcionarios del Ministerio de Transporte, para que acepten la invitación a participar en la Visita Técnica sobre Control y Gestión Ambiental en el Sector Transporte y Corredores de Comercio Internacional-Corredores de Transporte y Centros de Transferencia, dentro del marco de Cooperación Técnica Colombo-Brasileña y reciban el pago por concepto de alojamiento y estadía por parte de la Agencia Brasilera de Cooperación, ABC y los pasajes aéreos por parte de la Organización Internacional de las Migraciones.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Transporte,
Gustavo Adolfo Canal Mora.