DECRETO 1369 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1369 DE 2000    

(julio 12)    

por el cual se confiere una  autorización para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política, artículo 96 del Decreto 1950 de 1973  los Decretos números 1050 y 2004 de 1997, y    

CONSIDERANDO:    

Que la National Institute  of Standards and Technology (NIST) ha invitado al doctor Carlos Germán Caycedo  Espinel, Superintendente Delegado para la Protección del Consumidor de al  Superintendencia de Industria y Comercio, para asistir al Seminario de  Metrología Legal para las Américas, que se realizará del 16 al 20 de julio de  2000 en la ciudad de Richmond, EE.UU;    

Que la Superintendencia  de Industria y Comercio, tiene entre sus funciones primordiales la organización  del sistema de pesas y medidas en nuestro país, por lo tanto es de suma  importancia la asistencia del doctor Carlos Germán Caycedo Espinel, a dicho  seminario;    

Que los gastos por  concepto de viáticos y pasajes aéreos serán asumidos por la Institute of  Standards and Technology (NIST);    

Que de acuerdo con lo estipulado  por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos  nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de gobiernos  extranjeros u organismos internacionales;    

DECRETA:    

Artículo 1°. Confiérese  autorización al doctor Carlos Germán Caycedo Espinel, Superintendente Delegado  para a Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y  Comercio, para aceptar de la National Institute of Stancdards and Technology  (NIST), los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, con el objeto de  asistir al Seminario de Metrología Legal para las Américas, que se realizará  del 16 al 20 de julio de 2000 en la ciudad de Richmond, EE.UU.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Desarrollo  Económico,    

Jaime Alberto Cabal  Sanclemente.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *