DECRETO 1339 DE 2001
(julio 6)
por el cual se concede una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que en la ciudad de México (México), se llevará a cabo la Reunión del Grupo de Alto Nivel de Seguridad y Justicia, por parte de los Gobiernos de las Repúblicas de México y de Colombia, del 23 al 27 de julio de 2001;
Que el propósito de la citada reunión es llevar a cabo una evaluación conjunta de los mecanismos de cooperación existentes y formular con base en las estrategias que ambos países han adoptado, un amplio proyecto de cooperación para ser presentado a los Jefes de Estado de México y Colombia;
Que paralelamente se realizará un Seminario Académico, que permitirá aportar a los Gobiernos participantes, diagnósticos, estrategias y proyectos de acción en el ámbito de la violencia, el fortalecimiento de la justicia y la lucha contra el crimen organizado;
Que el señor Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, es integrante del Grupo de Alto Nivel de Seguridad y Justicia y participará en la reunión en mención, en representación del Gobierno de Colombia,
Artículo 1°. Comisionar al doctor Rómulo González Trujillo, identificado con cédula de ciudadanía número 1.288 de Bogotá, Ministro de Justicia y del Derecho, para desplazarse a la ciudad de México (México), del 23 al 27 de julio de 2001, con el fin de asistir a la Reunión del Grupo de Alto Nivel de Seguridad y Justicia.
Artículo 2°. El comisionado tendrá derecho a viáticos a razón de US$265 diarios y US$132 por el último día y pasajes aéreos clase ejecutiva, con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho de la actual vigencia fiscal.
Artículo 3°. Encargar al doctor Armando Estrada Villa, identificado con cédula de ciudadanía número 8236780 de Medellín, Ministro del Interior, de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, durante el término de la comisión del titular.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de julio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO