DECRETO 13 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 13 DE 1999    

(enero 5)    

por el cual se dictan algunas medidas de  orden público.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 4° de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que con el fin de iniciar el proceso de paz, el día 7 de enero de 1999  se instalarán las mesas de diálogo entre el Gobierno Nacional y las Fuerzas  Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC-EP en el municipio de San Vicente del  Caguán, departamento del Caquetá;    

Que de conformidad con el artículo 2° de la Carta Política, las  autoridades de la República están instituidas para proteger la vida de los  residentes en Colombia;    

Que los gobernadores y alcaldes son Agentes del Presidente de la  República para el mantenimiento del orden público, como lo prescriben los  artículos 303 y 315 de la Constitución Política;    

Que de conformidad con el Código de Policía, pueden establecerse  restricciones a la libertad de locomoción para garantizar la seguridad pública;    

Que es necesario tomar medidas para preservar la seguridad de los  funcionarios del gobierno, de los miembros de las FARC-EP, de los diplomáticos  y demás invitados a los actos de iniciación de los diálogos,    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir de las 00.6 horas del día 6 de enero de 1999 hasta  las 12:00 horas del día 8 del mismo mes y año, los gobernadores de los  departamentos del Caquetá y Meta deberán restringir la locomoción de personas y  vehículos por vía terrestre y fluvial, desde y hacia los siguientes municipios:  La Uribe, Mesetas, Macarena, Vista Hermosa y San Vicente del Caguán. Se  exceptúa de esta medida a los funcionarios, organizadores e invitados al evento  de instalación de las Mesas de Diálogo, que se encuentren debidamente  acreditados con salvoconducto, que será expedido por el Alto Comisionado para  la Paz.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de enero de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro del Interior,    

Néstor Humberto Martínez Neira.              

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