DECRETO 1294 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1294 DE 2000    

(julio 11)    

por el cual se concede  autorización a la Directora General de la Agencia Colombiana de Cooperación  Internacional para aceptar una invitación y se hace un encargo.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, especialmente las  conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que la doctora Emilia C.  Ruiz Morante, Directora General de la Agencia Colombiana de Cooperación  Internacional recibió invitación del Ministerio de Relaciones Exteriores, para  asistir a la Primer Comisión Mixta de Cooperación Técnica Científica  Colombo-Ecuatoriana que tendrá lugar los días 17 y 18 de julio en la ciudad de  Quito, Ecuador;    

Que es de interés para la  Agencia Colombiana de Cooperación Internacional participar en dicho evento ya  que existe una estrecha relación entre la Agenda de Trabajo y las funciones de  la ACCI;    

Que es necesario encargar  durante los días de comisión de la doctora Emilia Ruiz al doctor Diego Villegas  Navarro, Subdirector de Proyectos de la Agencia Colombia de Cooperación  Internacional,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisionar a  la doctora Emilia C. Ruiz Morante, Directora de la Agencia Colombiana de  Cooperación Internacional, ACCI, para que viaje en comisión de servicios a la  ciudad de Quito, Ecuador, con el fin de asistir a la Primer Comisión Mixta de  Cooperación Técnica y Científica Colombo-Ecuatoriana que tendrá lugar los días  17 y 18 de julio. La presente autorización faculta al funcionario para recibir  del PNUD los costos de transporte, alimentación y hospedaje para esta  actividad.    

Artículo 2°. El término  de la comisión de que trata el artículo anterior será de cuatro días  comprendidos entre el 16 y el 19 de julio de 2000, incluidos los días de  desplazamiento.    

Artículo 3°. Mientras  dura la comisión que se concede mediante este decreto, encargar de las  funciones de la Dirección de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional  al doctor Diego Villegas Navarro, Subdirector de la misma entidad.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 11 de julio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Guillermo Fernández de Soto.    

               

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