DECRETO 1268 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1268 DE 2000    

(julio 6)    

por el cual se cumple un fallo  de tutela.    

El Presidente de la  República, de conformidad con el artículo 86 de la Constitución Política y el  Decreto 2591 de 1991,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante la  Resolución 04875 del 27 de octubre de 1999, el doctor Carlos Ossa Escobar,  Contralor General de la República, solicitó la suspensión inmediata del doctor  Arnaldo José Rojas Tomedes, en el ejercicio del cargo de Gobernador del  Departamento del Guainía, conforme a lo preceptuado en el artículo 268, numeral 8 de la Constitución  Política;    

Que mediante Decreto  2165 del 4 de noviembre de 1999, el Gobierno Nacional suspendió en el  ejercicio del cargo de Gobernador del Departamento del Guainía, al doctor  Arnaldo José Rojas Tomedes;    

Que mediante Decreto  2422 del 1° de diciembre de 1999, el Gobierno Nacional en cumplimiento al  fallo de tutela, proferido por el Juez Promiscuo Municipal de Inírida, Guainía,  suspendió la aplicación del mencionado Decreto  2165 del 4 de noviembre de 1999;    

Que en atención al fallo  de segunda instancia del 4 de febrero de 2000, del Juzgado Tercero Civil del  Circuito de Villavicencio, por el cual se revocó la sentencia de tutela  proferida por el Juez Promiscuo Municipal de Inírida, Guainía, el Gobierno  Nacional mediante Decreto  331 del 28 de febrero de 2000 terminó la suspensión de la aplicación del Decreto  2165 del 4 de noviembre de 1999, ordenada mediante Decreto  2422 del 1° de diciembre de 1999;    

Que por oficio número  0733 del 29 de junio de 2000, el Secretario del Juzgado Promiscuo de Familia de  Inírida, Guainía, remitió al señor Presidente de la República el fallo del 28  de junio de 2000, proferido dentro de la Acción de Tutela número 020-00, por  medio del cual se dispuso emitir el acto administrativo para el reintegro del  doctor Arnaldo José Rojas Tomedes, en el cargo de Gobernador del Departamento  del Guainía;    

Que se hace necesario dar  inmediato cumplimiento a lo dispuesto por el Juzgado Promiscuo de Familia de  Inírida,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reintégrase  en el ejercicio del cargo de Gobernador del Departamento del Guainía, al doctor  Arnaldo José Rojas Tomedes.    

Artículo 2°. Termínese la  designación provisional del doctor Rodrigo Bocanegra Martínez, del cargo de  Gobernador del Departamento del Guainía, efectuada mediante Decreto  número 826 del 8 de mayo de 2000.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no procede recurso  alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Código Contencioso  Administrativo.    

Comuníquese, publíquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 6 de julio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro del Interior,    

Humberto de la Calle Lombana.    

               

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