DECRETO 1265 DE 2001
(junio 26)
por el cual se adiciona la planta de personal del Instituto Nacional penitenciario y Carcelario-INPEC‑.
Nota 1: Derogado por el Decreto 271 de 2010, artículo 8º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 3083 de 2008, por el Decreto 2237 de 2006, por el Decreto 143 de 2003 y por el Decreto 1508 de 2002.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse en la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC-los siguientes cargos:
Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Planta globalizada
554 (quinientos
cincuenta y cuatro) Dragoneante 5260 11
Artículo 2°. El Director General del Instituto mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta de personal de que trata el presente Decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, programas y necesidades del servicio.
Artículo 3°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica, en lo pertinente, los Decretos 301 y 2319 de 1997, 557 y 1588 de 1998 y 1595 y 1652 de 1999.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de junio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Ministro,
Federico Rengifo Vélez.
La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de las funciones del Director,
María Patricia Baraya Díaz.