DECRETO 1259 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1259 DE 2000    

(julio 4)    

por medio  del cual se modifica el Decreto  2673 del 28 de diciembre de 1999.    

Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 2818 de 2000.    

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Modificado por el Decreto 2818 de 2000,  artículo 1º. Modifíquese el  artículo primero del Decreto  2673 del 28 de diciembre de 1999, en el sentido de ampliar hasta el 30 de  diciembre del año 2000, el término establecido para que el Ministerio de Salud  conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público elabore el  cálculo del monto del Pasivo Prestacional del Sector Salud, así como el  porcentaje de la concurrencia de que trata el artículo 33 de la Ley 60 de 1993, con  base en los criterios establecidos en el Decreto 530 de 1994.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de julio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público    

Juan  Camilo Restrepo Jaramillo.    

El Viceministro de Salud, encargado de las funciones del Despacho del  Ministro de Salud,    

Mauricio  Alberto Bustamante García.    

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,    

Gina  Magnolia Riaño Barón    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Jaime  Alberto Cabal S.    

               

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