DECRETO 1244 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1244 DE 2000    

(junio 29)    

por el cual se confiere una  comisión en el exterior y se hace un encargo.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial de  las que le confiere el artículo 189 numeral 18 de la Constitución  Política, los Decretos números 1950 de 1973, 1050 de 1997, 26 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Secretario General  de la Comunidad Andina en Lima, Perú, mediante Fax de fecha 1° de junio de  2000, formuló invitación al Director del Departamento Administrativo Nacional  de Estadística, para participar en la IX Reunión del Comité Andino de  Estadística a celebrarse en la ciudad de Quito, Ecuador, entre el 3 y el 4 de  julio de 2000;    

Que de conformidad con  los artículos 96 y 4 de los Decretos números 1950 de 1973 y 1050 de 1997  respectivamente, corresponde al Gobierno nacional conceder autorización al  doctor Mario René Verswyvel Villamizar, Director del Departamento  Administrativo Nacional de Estadístrica, para que se traslade a la ciudad de  Quito, Ecuador en misión oficial;    

Que el funcionario  designado requiere autorización para aceptar la invitación formulada, la cual  será financiada por la Comunidad Andina, que incluye el suministro de pasajes  aéreos y viáticos;    

Que según el artículo 5°  del Decreto número  1050 de 1997, las comisiones al exterior se conferirán por el término  estrictamente necesario para el cumplimiento de su objeto, más un día de ida y  otro de regreso, salvo en los casos en que quien autoriza la comisión,  considere que estos no son suficientes para el desplazamiento al sitio donde  deba cumplirse y su regreso al país, en cuyo caso podrá autorizar el término  mínimo que considere necesario;    

Que de conformidad con el  artículo 129 de la Constitución Política de  Colombia “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Conferir  comisión en el exterior entre el 2 y el 5 de julio de 2000, al doctor Mario  René Verswyvel Villamizar, identificado con cédula de ciudadanía número  19152341 de Bogotá, Director del Departamento Administrativo Nacional de  Estadística para participar en la IX Reunión del Comité Andino de Estadística,  a celebrarse en la ciudad de Quito, Ecuador, los días 3 y 4 de julio del año en  curso.    

Artículo 2°. Autorizar al  doctor Mario René Verswyvel Villamizar,  Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para  que acepte de la Comunidad Andina, la invitación formulada que incluye el  suministro de pasajes aéreos y viáticos, con el fin de participar en la IX  Reunión del Comité Andino de Estadística, a realizarse en la ciudad de Quito,  Ecuador, entre el 3 y el 4 de julio de 2000.    

Artículo 3°. Encargar al  doctor Jaime Obregón Puyana, Subdirector del Dane, de las funciones del  despacho del Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,  mientras dure la comisión conferida al titular.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Eduardo Pizano de Narváez              

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