DECRETO 1239 DE 2000
(junio 29)
por el cual se nombran unos miembros principales y suplentes en la Junta Directiva
de la Cámara de Comercio de Chinchiná.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 80 del Decreto ley 410 de 1971, el artículo 10 del Decreto 1520 de 1978 y Decreto 889 del 17 de mayo de 1996,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada junta;
Que conforme al Decreto 889 del 17 de mayo de 1996, las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integran teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al último día hábil del mes de marzo del año en que se haya de efectuar la elección, en la forma señalada por su artículo primero;
Que según informe de la Superintendencia de Industria y Comercio, contenido en el oficio radicado con el número 99011306 de febrero 24 de 1999, la Cámara de Comercio de Chinchiná, tiene menos de 5.000 comerciantes con matrícula vigente a 31 de marzo de 1998, correspondiéndole, conforme a lo señalado en el artículo primero del Decreto 889 de 1996, una Junta de seis (6) miembros principales y seis (6) miembros suplentes personales;
Que conforme a las normas citadas, la nueva representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Chinchiná, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes,
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase al doctor Aníbal Raad Aljure, identificado con cédula de ciudadanía 10.219.966 de Manizales, como miembro principal, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Chinchiná, y a la doctora Luz Elena Salgado García, identificada con cédula de ciudadanía número 24.620.004 de Chinchiná como suplente.
Artículo 2°. Nómbrase al doctor Mario Gutiérrez Arango, identificado con cédula de ciudadanía 1.210.689 de Manizales, como miembro principal, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Chinchiná, y al doctor Jorge Valencia Ospina, identificado con cédula de ciudadanía 15.908.273 de Chinchiná como suplente.
Artículo 3°. Los nuevos directivos nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Jaime Alberto Cabal Sanclemente.