DECRETO 1238 DE 2000
(junio 29)
por el cual se confiere la condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público”
a un personal del Ejército Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, la condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” se conferirá a los miembros de las Fuerzas Militares, cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado;
Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 26 del decreto antes citado, esta condecoración podrá otorgarse a un mismo individuo tantas veces cuantas se haga acreedor a ella, en acciones diferentes;
Que el personal que se relaciona en el presente decreto, se distinguió en operaciones contra grupos subversivos realizadas en diferentes regiones del país, logrando resultados significativos en beneficio de la paz y la tranquilidad ciudadana;
Que corresponde al Gobierno Nacional reconocer el esfuerzo y exaltar al personal que con sus servicios contribuye al mantenimiento del orden interno de la Nación;
Que el personal del Ejército Nacional que a continuación se relacionan se ha distinguido por sus actos de valor en el mantenimiento de la tranquilidad pública,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese la condecoración “Servicios Distinguidos en Orden Público” al siguiente personal del Ejército Nacional, así:
Por tercera vez
1. CTINF Marcos Evangelista Pinto Lizarazo 8516276 BCG06
Por segunda vez
1. CTART Jairo Alberto Prieto Rivera 8705152 BCG45
2. SSART Ricardo Fabián Meza Rivero 8921504 BCG06
3. SLV Miguel Angel Hernández Durán 12458595 BCG05
4. SLV Orlando Cristancho Rodríguez 8933847 BCG05
Por primera vez
1. MYIMI Jesús Eduardo Moreno Peláez 8205288 CIME
2. CTINF Luis Ariel Erazo Muñoz 87027000 BCG06
3. CTINF Samuel Parra Silva 8919116 BCG40
4. CTCAB Alvaro Hernán Ramírez Sotto 7691666 BCG36
5. CTINF Carlos César Zambrano Galeano 13956049 BCG45
6. TECAB Alvaro Ernesto Bonza Medina 79519971 BCG06
7. TEINF Florentino David Navia Salvador 9290815 BCG36
8. STINF Nory Geovanny Otaya Martínez 87572886 BCGO5
9. SSINF Harold Wilson Pilcue Vergara 8732304 BCG41
10. SSINF Carlos Enrique Capurro Vasco 79249588 BCG45
11. SSART José Adelmo Villota Cuaical 88499490 BCG06
12. SSART Luis Enrique Rodríguez Pardo 79456249 BCG36
13. CSINF Carlos Uriel López Escudero 16054241 BCG45
14. CSSAN Luis Alexander García Pérez 80003163 BCG05
15. CSSAN Jhon Jairo Lozano Rodríguez 93133527 BCG40
16. SLV José Oswaldo Betancourt Motato 9956822 BCG06
17. SLV Fraibel Naranjo Naranjo 6138361 BCG06
18. SLV Luis Eduardo Trujillo Serrato 8820393 BCG06
19. SLV Pedro Elías Parra Rincón 2292710 BCG45
20. SLV Arnulfo Aponte Gómez 2661040 BCG45
21. SLV Gonzalo Cáceres Villamizar 33498090 BCG45
22. SLV José Bernel Castillo 80373849 BCG45
23. SLV Marcos Javier Oviedo Lizarazo 91492633 BCG05
24. SLV Jaime Maestre Ramírez 77186592 BCG40
25. SLV Jorge Arturo Londoño Mira 8850008 BCG41
26. SLV Luis Alberto Parra Rodríguez 91485540 BCG36
Parágrafo. La condecoración será impuesta en acto especial, de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.