DECRETO 1219 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1219 DE  2001    

(junio  20)    

por el cual se adiciona el artículo 5° del Decreto número  3086 de 1981.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades legales,    

DECRETA:    

Artículo  1°. El artículo 5° del Decreto 3086 de 1981  quedará así:    

“Artículo  5°. Corresponde al Consejo de la Orden:    

a)  Proponer al Gran Maestre el otorgamiento de la Orden a aquellas personas e  instituciones que por sus ejecutorias y merecimientos sean dignas de ella;    

b)  Velar por el prestigio de la Orden y por el cumplimiento de las normas que la  rigen;    

c)  Disponer la suspensión del derecho a usar las insignias de la Orden, y  solicitar al Gran Maestre que disponga la pérdida del mismo derecho, por actos  incompatibles con la dignidad inherente a ella.    

Parágrafo.  Excepcionalmente, y atendiendo en forma exclusiva a razones de conveniencia  nacional o de carácter diplomático, el Gran Maestre de la Orden podrá, de  manera discrecional, conferirla en el grado que considere pertinente”.    

Artículo  2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 20 de junio de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Relaciones Exteriores,    

Guillermo  Fernández de Soto.    

               

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