DECRETO 1194 DE 1998
(junio 24)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 del 24 de marzo de 1998, emanado de la Junta Directiva, que modifica la planta de personal del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI.
Nota 1: Derogado por el Decreto 636 de 2000, artículo 6º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1570 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 002 del 24 de marzo de 1998, por el cual se modifica la planta de personal del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 002
por el cual se modifica la planta de personal del Fondo de Cofinanciación
para la Inversión Rural-DRI.
La Junta Directiva del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y en especial las conferidas por el Decreto 2132 de 1992,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprímanse de la planta de personal del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI, aprobada mediante Decreto 2644 del 29 de diciembre de 1993, los empleos que se relacionan a continuación:
Nº de Cargos
Dependencia
y denominación del empleo
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
PLANTA GLOBAL
1 (UNO)
Director General de Entidad Descentralizada
0015
18
1 (UNO)
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
13
3 (TRES)
Subdirector General de Entidad Descentralizada
0040
13
1 (UNO)
Asesor
1020
07
1 (UNO)
Asesor
1020
06
2 (DOS)
Asesor
1020
04
4 (CUATRO)
Jefe de Oficina
2045
2
15 (QUINCE)
Jefe de División
2040
21
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI, los siguientes empleos:
Nº de Cargos
Dependencia
y denominación del empleo
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
PLANTA GLOBAL
1 (UNO)
Director General de Entidad Descentralizada
0015
21
1 (UNO)
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
17
3 (TRES)
Subdirector General de Entidad Descentralizada
0040
17
1 (UNO)
Asesor
1020
08
1 (UNO)
Asesor
1020
07
2 (DOS)
Asesor
1020
05
4 (CUATRO)
Jefe de Oficina
2045
24
15 (QUINCE)
Jefe de División
2040
23
Artículo 3º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto del Gobierno
Nacional que lo aprueba y modifica en lo pertinente el Acuerdo número 029 del 23 de agosto de
1993.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de marzo de 1998.
Comuníquese y cúmplase.
El Presidente de la Junta,
(Fdo.) Jorge Luis Feris Chadid.
El Secretario de la Junta,
(Fdo.) William Diago Rivera”.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 2644 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de junio de 1998.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio J. Urdinola.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Antonio Eduardo Gómez Merlano.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Pablo Ariel Olarte Casallas.