DECRETO 1191 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1191 DE 2000    

(junio 28)    

por el cual se autoriza a una  funcionaria del Departamento Nacional de Planeación para aceptar una  invitación.    

El Presidente de la  Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales  conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política y el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,    

CONSIDERANDO:    

Que la Secretaría  Permanente del Sistema Económico Latinoamericano, SELA, ha invitado a la  doctora María Isabel Agudelo Valencia, Jefe de la División de Inversión  Extranjera de la Unidad de Desarrollo Empresarial del Departamento Nacional de  Planeación, para participar como expositor en el Foro “Inversión  Extranjera en América Latina y el Caribe: Experiencias y Perspectivas”, el  cual se llevará a cabo del 29 al 30 de junio del 2000 en la ciudad de Caracas  (Venezuela);    

Que la asistencia al  citado evento, reviste especial importancia para el DNP, en razón a que los  temas del Foro permitirán conocer las experiencias de otros países, exponer la  experiencia de Colombia en la promoción de inversiones extranjeras, los  resultados obtenidos de las políticas aplicadas y presentar a todos los  asistentes los beneficios de invertir en Colombia;    

Que la invitación de la  Secretaría Permanente del Sistema Económico Latinoamericano, SELA, comprende el  pago de los pasajes internacionales, alojamiento y demás gastos requeridos,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a María Isabel Agudelo  Valencia, Jefe de la División de  Inversión Extranjera de la Unidad de Desarrollo Empresarial del Departamento  Nacional de Planeación, para aceptar la invitación formulada por la Secretaría  Permanente del Sistema Económico Latinoamericano, SELA, para que participe como  expositor en el Foro “Inversión Extranjera en América Latina y el Caribe:  Experiencias y Perspectivas”, el cual se llevará a cabo del 29 al 30 de  junio del 2000 en la ciudad de Caracas (Venezuela).    

En virtud de la presente  autorización la funcionaria queda facultada para recibir de la Secretaría  Permanente del Sistema Económico Latinoamericano, SELA, los pasajes  internacionales, alojamiento y demás gastos requeridos.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Nacional de Planeación,    

Mauricio Cárdenas Santamaría.    

               

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