DECRETO 1173 DE 1999
(junio 29)
por el cual se modifica el artículo 158 del Decreto 1572 de 1998.
Nota: Derogado por el Decreto 1227 de 2005, artículo 112.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Modificar el artículo 158 del Decreto 1572 de 1998, el cual quedará así:
“Artículo 158. Se entiende que un empleo es equivalente a otro cuando tienen funciones iguales o similares, para su ejercicio se exijan requisitos de estudio y de experiencia iguales o similares y cuando la asignación básica de aquél no sea inferior a la de éste.”
Artículo 2°. El presente |decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.