DECRETO 1130 DE 2001
(junio 12)
por el cual se suspende al Gobernador del departamento de Boyacá y se designa provisionalmente Gobernador para el mismo departamento.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la providencia de fecha 21 de mayo de 2001, proferida por el Consejo de Estado Sala de lo C ontencioso Administrativo Sección Quinta se confirmó el punto segundo del Auto del 1° de febrero de 2001, que decretó la suspensión provisional de los efectos del Acto Administrativo dictado por la Delegación Departamental de Boyacá, Registraduría Nacional del Estado Civil dentro del Acta General de Escrutinio Departamental del 5 de noviembre de 2000, por medio del cual declaró elegido Gobernador del departamento de Boyacá al señor Miguel Angel Bermúdez Escobar;
Que el artículo 304 de la Constitución Política establece que le corresponde al Presidente de la República suspender a los Gobernadores, en los casos taxativamente señalados por la ley;
Que como consecuencia de lo anterior es procedente designar con carácter provisional a un Gobernador para que asuma las funciones propias del cargo hasta tanto se defina la situación jurídica de la elección del señor Miguel Angel Bermúdez Escobar,
DECRETA:
Artículo 1°. Suspéndase provisionalmente al doctor Miguel Angel Bermúdez Escobar, del cargo de Gobernador del departamento de Boyacá, por las razones expuestas en la parte motiva de este decreto.
Artículo 2°. Desígnase provisionalmente al doctor Luis Humberto Montejo Bernal, como Gobernador del departamento de Boyacá, mientras se decide sobre la legalidad de la elección de Miguel Angel Bermúdez Escobar.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro del Interior,
Armando Estrada Villa.