DECRETO 110 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 110 DE 2001    

 (enero 18)    

por  medio del cual se confiere comisión de servicios al exterior y se hace un  encargo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el  artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,  por los Decretos 1050 y 2004 de 1997, 26 de 1998, 67 de 1999 y 476 de 2000,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación fechada  el 19 de diciembre de 2000, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de  España, ha invitado al señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social para  continuar las negociaciones en materia de Seguridad Social en Madrid, España,  durante el período comprendido entre el 5 y 9 de febrero de 2001 (5-7 en Madrid  y 8-9 en Barcelona);    

Que dada la trascendencia de esta  negociación, es de vital importancia la participación activa del señor Ministro  de Trabajo y Seguridad Social de Colombia;    

Que se cuenta con la  correspondiente disponibilidad presupuestal para atender los gastos que  ocasione esta comisión,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Confiérese Comisión  de Servicios al exterior al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y  Seguridad Social, por el término de nueve (9) días, incluidos los días de  desplazamiento comprendidos entre el tres (3) y el once (11) de febrero del  presente año, para continuar las negociaciones en materia de Seguridad Social  en Madrid, España, del 5 al 9 de febrero de 2001 (5-7 en Madrid y 8-9 en  Barcelona).    

Artículo 2°. El doctor Angelino  Garzón tendrá derecho a pasajes de ida y regreso en primera clase y al pago de  viáticos a razón de trescientos ochenta dólares (US$380.00) diarios durante los  primeros ocho (8) días y de ciento noventa dólares (US$190.00) el último día,  que se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Seguridad  Social para la actual vigencia fiscal, según certificado de disponibilidad  número 39 del 18 de enero del presente año.    

Artículo 3°. Encárgase al doctor  Fabio Olmedo Palacio Valencia, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, de  las funciones del Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social durante  la ausencia de su titular, doctor Angelino Garzón.    

Artículo 4°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a 18 de  enero de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Eduardo  Pizano de Narváez.              

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