DECRETO 1079 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1079  DE 2001    

(junio 4)    

por el cual se aclara el Decreto  número 693 del 17 de abril de 2001.    

El presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,  especialmente las conferidas en el ordinal 1 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículo 34 del Decreto número  1950 de 1973 y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 693 del 17 de abril de 2001, se le confirió comisión de servicios al  exterior al doctor Augusto Ramírez Ocampo, Ministro de Desarrollo Económico, a  las ciudades de Estocolmo, Berlín, Roma y Bruselas, del 22 de abril al 2 de  mayo de 2001, con el objeto de acompañar al señor Presidente de la República a participar  en la III Reunión del Grupo de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia.    

Que mediante oficio del 2 de mayo de  2001, se informó que el doctor Augusto Ramírez Ocampo, regresó al país el día  1° de mayo de 2001;    

Que se hace necesario aclarar los  artículos 1° y 2° del Decreto número  693 de 2001,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aclárase el artículo  1° del Decreto  número 693 del 17 de abril de 2001, en el sentido que el doctor Augusto  Ramírez Ocampo, realizó la comisión del 22 de abril al 1° de mayo de 2001.    

Artículo 2°. Aclárase el artículo  2° del Decreto  número 693 del 17 de abril de 2001, en el sentido que se le debe cancelar  al doctor Augusto Ramírez Ocampo, la suma de tres mil seiscientos diez dólares  (US$3.610.00).    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de junio de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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