DECRETO 1078 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 1078 DE 1999    

(junio 26)    

por el cual se prorroga el plazo fijado en el artículo 76 del Decreto  1611 del 6 de agosto de 1998.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 1999 el plazo  fijado en el artículo 76 del Decreto 1611 de 1998.    

Nota, artículo 1º : Ver Decreto 1930 de 1999,  artículo 1º, respecto a la prórroga a que refiere este artículo.    

Artículo 2°. Vigencia. Este decreto rige desde la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de junio de 1999.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Luis Fernando  Ramírez Acuña.    

El Ministro de Transporte,    

Mauricio  Cárdenas Santamaría.              

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