DECRETO 1067 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1067  DE 2001    

(mayo 31)    

por el  cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para  celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren  el artículo 211 de la Constitución Política y  el artículo 12 de la Ley 80 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Delégase en el Ministro de  Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación,  el contrato de préstamo denominado “Programa Sectorial de Reforma Fiscal  Territorial” con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de  cuatrocientos millones de dólares (US$400.000.000) de los Estados Unidos de  América.    

Artículo 2°. El presente decreto rige  desde la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a 31 de mayo de  2001.    

ANDRES PASTRANA  ARANGO    

El Director del Departamento Administrativo  de la Presidencia de la República,    

Gabriel Mesa  Zuleta.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *