DECRETO 1049 DE 2000
(junio 13)
por el cual se hace efectiva una sanción de destitución a un notario
y se efectúa un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5º del Decreto 2163 de 1970 y 66 numeral 3 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 1368 del 6 de abril de 1999, la Superintendencia Delegada para el Notariado de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó disciplinariamente con destitución en el ejercicio del cargo de Notario Segundo del Círculo de Riohacha, Guajira, al doctor Ever Antonio Díaz Serrano;
Que la decisión fue confirmada en segunda instancia por el Superintendente de Notariado y Registro, ante el recurso de apelación interpuesto por el funcionario sancionado, según Resolución 5335 de 27 de diciembre de 1999, debidamente ejecutoriada el 28 de enero del año 2000;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la medida disciplinaria y designar a la persona que habrá de reemplazar al funcionario sancionado;
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Hacer efectiva la sanción de destitución del cargo de Notario Segundo del Círculo de Riohacha, Guajira, al doctor Ever Antonio Díaz Serrano, identificado con la cédula de ciudadanía número 17800603 expedida en Riohacha.
Artículo 2°. Encárgase de la Notaría Segunda del Círculo de Riohacha, Guajira, al doctor Rafael Enrique Manjarrez Mendoza identificado con la cédula de ciudadanía número 8699160 expedida en Barranquilla.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 13 de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.