DECRETO 1017 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1017 DE 2000    

(junio 6)    

por el  cual se confiere comisión de servicios en el exterior y se hace un encargo.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales  y legales y en especial con fundamento en lo dispuesto en los artículos 34 y 76  (lit. d) del Decreto 1950 de 1973  y en los Decretos 1050 y 2004 de 1997; 26  de 1998 y 67 de 1999, y    

CONSIDERANDO:    

Que  Colombia hace parte como Estado Miembro de la Organización Internacional del  Trabajo, OIT;    

Que  de acuerdo con el artículo 3°, numeral 1 de la Constitución de  la Organización Internacional del Trabajo “La conferencia general de los  representantes de los miembros celebrará reuniones cada vez que sea necesario  y, por lo menos, una vez al año…”;    

Que  la 88ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo se está llevando a  cabo en Ginebra, desde el martes 30 de mayo al jueves 15 de junio de 2000;    

Que  la doctora Gina Magnolia Riaño Barón, Ministra de Trabajo y Seguridad Social  preside la Delegación que por Colombia asistirá a la 88ª Reunión de la  Conferencia Internacional del Trabajo;    

Que  la doctora Gina Magnolia Riaño Barón, Ministra de Trabajo y Seguridad Social,  fue encargada de las funciones del despacho del Ministro de Salud, según Decreto  784 del 3 de mayo del presente año,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Confiérese comisión de servicios en el exterior a la señora Ministra de  Trabajo y Seguridad Social, doctora Gina Magnolia Riaño Barón, por el término de nueve 9 días (incluidos  los días de desplazamiento), comprendidos del 9 al 17 de junio de 2000, para  que participe en la 88ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y  en la 278ª Reunión del Consejo de Administración de la OIT que actualmente se  realiza en Ginebra, Suiza.    

Artículo  2°. La doctora Gina Magnolia Riaño Barón, Ministra de Trabajo y Seguridad  Social, tendrá derecho a pasajes de ida y regreso en clase ejecutiva y pago de  viáticos a razón de: trescientos ochenta dólares (US$380) diarios durante los  primeros ocho (8) días y de ciento noventa dólares (US$190) el último día, que  se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Seguridad  Social, para la actual vigencia fiscal, según Certificado de Disponibilidad 158  del 22 de mayo de 2000.    

Artículo  3°. Encárgase al doctor Fabio Olmedo Palacio Valencia, Viceministro de Trabajo  y Seguridad Social, de las funciones del despacho de la Ministra de Trabajo y  Seguridad Social y del despacho del Ministro de Salud, durante la ausencia de  la doctora Gina Magnolia Riaño Barón.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de junio de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Director Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Eduardo  Pizano de Narváez.    

               

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