DECRETO 95 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 95 DE 1997    

(enero 16)    

por el cual  se modifica el Plan Unico de Cuentas para Comerciantes.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las  que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 50 y 2035 del Código de Comercio,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Al Catálogo del Plan Unico de  Cuentas contenido en el artículo 14 del Decreto 2650 de 1993,  reformado por los Decretos 2894 de 1994 y 2116 de 1996, se  le efectúan las siguientes modificaciones:    

Cuentas y subcuenta que se incluyen       

3225                    

Superavit método de participación   

322505                    

De acciones   

322510                    

De cuotas o partes de interés social   

340545                    

Superavit método de participación   

415080                    

Ingresos método de participación   

4218                    

Ingresos métodos de participación   

421805                    

De sociedades anónimas y/o asimiladas   

421810                    

De sociedades limitadas y/o asimiladas   

5275                    

Perdidas método de participación   

527505                    

De sociedades anónimas y/o asimiladas   

527510                    

De sociedades limitadas y/o asimiladas   

5313                    

Perdidas método de participación   

531305                    

De sociedades anónimas y/o asimiladas   

531310                    

De sociedades limitadas y/o asimiladas      

Artículo 2º. Al artículo 15 del Decreto 2650 de 1993,  modificado por los Decretos 2894 de 1994 y 2116 de 1996, se  adicionan las descripciones y dinámicas correspondientes a las cuentas y  subcuentas que se incluyen en el artículo primero del presente Decreto, así  como algunas dinámicas contenidas en el Plan Unico de Cuentas para  Comerciantes, así:       

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

1.    Activo                    

12    inversiones                    

1205    acciones      

DESCRIPCION    

Registra el costo histórico de las inversiones  realizadas por el ente económico en sociedades por acciones y/o asimiladas, el  cual incluye las sumas incurridas directamente en su adquisición.    

Las inversiones en acciones deben ser ajustadas  por inflación de conformidad con las disposiciones vigentes.    

Cuando el valor de mercado o de realización sea  inferior al costo histórico una vez reexpresado como consecuencia de la  inflación si fuere el caso, este debe ajustarse mediante una provisión con  cargo a los resultados del ejercicio en el cual se presentó la perdida del  valor y si es superior mediante valorización acreditada a la cuenta 3805-De  Inversiones.    

Para estos efectos se entiende por valor de mercado  o de realización el promedio de cotización representativa en las bolsas de  valores en el ultimo mes y, a falta de este, su valor intrínseco, para lo cual  se utilizaran estados financieros certificados.    

El ente económico matriz o controlante debe aplicar  el método de participación, cuando se presenten los presupuestos básicos para  su aplicación.    

El tratamiento contable para cuando sea actividad  principal o secundaria, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del  grupo 12-Inversiones-.    

DINAMICA .    

Débitos    

a) Por el valor de las acciones adquiridas en la  constitución de un ente económico;    

b) Por el costo histórico de las inversiones en  sociedades por acciones y/o asimiladas;    

c) Por el valor de las acciones recibidas en  pagos de dividendos;    

d) Por el valor de las acciones recibidas como  dación en pago;    

e) Por el valor de las utilidades que le  correspondan en la subordinada, cuando el ente económico matriz o controlante  utilice el método de participación;    

f) Por el valor del incremento patrimonial  distintos de los resultados de la subordinada, cuando el ente económico matriz  o controlante utilice el método de participación;    

g) Por el valor del ajuste por inflación.    

Créditos    

a) Por el costo histórico o ajustado de las  acciones vendidas, según sea el caso.    

b) Por el castigo o baja en libros ocasionados  por la perdida de la inversión.    

c) Por el valor de los dividendos decretados por  la subordinada, cuando el ente económico matriz o controlante utilice el método  de participación.    

d) Por el valor de las perdidas que le  correspondan en la subordinada, cuando el ente económico matriz o controlante  utilice el método de participación;    

e) Por el valor de la disminución patrimonial  distintos de los resultados en la subordinada, cuando el ente económico matriz  o controlante utilice el método de participación;    

        

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

1.Activo                    

12 inversiones                    

1210 cuotas o partes de interés social      

DESCRIPCION    

Registra el costo histórico de las inversiones  realizadas por el ente económico en sociedades de responsabilidad limitada y/o  asimiladas, el cual incluye las sumas incurridas directamente en su  adquisición.    

Las inversiones en cuotas o partes de interés  social deben ser ajustadas por inflación de conformidad con las disposiciones  vigentes.    

Cuando el valor de mercado o de realización sea  inferior al costo histórico una vez reexpresado como consecuencia de la  inflación si fuere el caso, este debe ajustarse mediante una provisión con  cargo a los resultados del ejercicio en el cual se presentó la perdida del  valor y si es superior mediante valorización acreditada a la cuenta 3805-De  inversiones.    

Para estos efectos se entiende por valor de  mercado o de realización su valor intrínseco, para lo cual se utilizaran  estados financieros certificados.    

El ente económico matriz o controlante debe  aplicar el método de participación, cuando se presenten los presupuestos  básicos para su aplicación.    

El tratamiento contable para cuando sea actividad  principal o secundaria, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la  descripción del grupo 12-Inversiones.    

DINAMICA    

Débitos    

a) Por el valor de los aportes adquiridos en la  constitución de un ente económico;    

b) Por el costo histórico de las inversiones en  sociedades de responsabilidad limitada y/o asimiladas;    

c) Por el valor de la capitalización de las  participaciones;    

d) Por el valor de las utilidades que le  correspondan en la subordinada, cuando el ente económico matriz o controlante  utilice el método de participación;    

e) Por el valor del incremento patrimonial  distintos de los resultados de la subordinada, cuando el ente económico matriz  o controlante utilice el método de participación;    

f) Por el valor del ajuste por inflación.    

Créditos    

a) Por el costo histórico ajustado de las cuotas  o derechos vendidos, según sea el caso;    

b) Por los castigos o baja en libros ocasionados  por la perdida de la inversión;    

c) Por el valor de las participaciones decretadas  por la subordinada, cuando el ente económico matriz o controlante utilice el  método de participación;    

d) Por el valor de las perdidas que le  correspondan en la subordinada, cuando el ente económico utilice el método de  participación;    

e) Por el valor de la disminución patrimonial  distintos de los resultados en la subordinada, cuando el ente económico matriz  o controlante utilice el método de participación.       

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

3. Patrimonio                    

32 superavit de capital                    

       

DESCRIPCION    

Comprende el valor de las cuentas que reflejan el  incremento patrimonial ocasionado por prima en colocación de acciones, cuotas o  partes de interés social, las donaciones, el crédito mercantil, el know how y  el superavit método de participación.       

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

3. Patrimonio                    

32 superavit de capital                    

3225    superávit método de participación      

DESCRIPCION    

Registra el valor correspondiente a la variación  patrimonial por la aplicación del método de participación, de las inversiones  que posee el ente económico en sociedades subordinadas, distinta a la utilidad  neta o perdida neta del ejercicio, según sea el caso presentada por tales  sociedades.    

Este rubro no es susceptible de ser distribuido  como utilidades.    

En el evento de abandono del método por  cualquiera de las causales, el saldo de la cuenta se ira disminuyendo en la  parte proporcional, y su nueva valuación se registra en las cuentas de los  grupos 19 y 38.    

DINAMICA    

Créditos    

a) Por el valor del saldo que se presenta en las  subcuentas 380505 y/o 380510, al 31 de diciembre de 1995, producto de la  aplicación del método de participación;    

b) Por el valor del incremento patrimonial del  ejercicio.    

Débitos    

a) Por el valor de la disminución patrimonial del  ejercicio;    

b) Por el valor de la disminución del saldo de la  cuenta, cuando se den las causales de abandono del método.    

        

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

4.    Ingresos                    

42    no operacionales                    

4218    ingresos métodos    

de    participación      

DESCRIPCION    

Registra el valor correspondiente a la  participación en las utilidades por la aplicación del método de participación,  en las inversiones que posee el ente económico en sociedades subordinadas.    

DINAMICA    

Créditos    

a) Por el valor de las utilidades correspondientes,  producto de la aplicación del método de participación.    

Débitos    

a) Por la cancelación del saldo al cierre del  ejercicio.       

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

5.    Gastos                    

52    operacionales de ventas                    

5275    pérdidas métodos    

de    participación      

DESCRIPCION    

Registra el valor correspondiente a la  participación en las perdidas por la aplicación del método de participación, de  las inversiones que posee el ente económico en sociedades subordinadas, cuando  la actividad principal de este sea financiera.    

DINAMICA    

Débitos    

a) Por el valor de las perdidas, producto de la  aplicación del método de participación .    

Créditos    

a) Por la cancelación del saldo al cierre del  ejercicio.       

Clase                    

Grupo                    

Cuenta   

5.    Gastos                    

53    no operacionales                    

5313    pérdidas métodos    

de participación      

DESCRIPCION    

Registra el valor correspondiente a la  participación en las perdidas por la aplicación del método de participación, de  las inversiones que posee el ente económico en sociedades subordinadas, cuando  la actividad principal de este no sea financiera.    

DINAMICA    

Débitos    

a) Por el valor de las perdidas, producto de la  aplicación del método de participación.    

Créditos    

a) Por la cancelación del saldo al cierre del  ejercicio.    

Artículo 3º. Vigencia El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 16 de enero  de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José  Antonio Ocampo Gaviria.    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Orlando  Cabrales Martínez.              

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