DECRETO 923 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 923 DE 1997    

(abril  2)    

por  el cual se autoriza el otorgamiento de cartas de crédito stand by a las  entidades autorizadas para expedir cartas de crédito.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que  le confieren el literal a) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico  del Sistema Financiero e informada previamente la Junta Directiva del Banco de  la República,    

DECRETA:    

Artículo 1. En adición a las operaciones permitidas  a las entidades autorizadas para expedir cartas de crédito a partir de la fecha  se les autoriza para otorgar cartas de crédito stand by.    

Parágrafo. Las cartas de crédito stand by que  constituyan garantía en moneda extranjera deberán sujetarse a las disposiciones  cambiarias correspondientes.    

Artículo 2. El presente Decreto rige desde su  publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 2756 de 1976  y deja sin efecto las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de abril de  1997.    

Ernesto  Samper Pizano    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José  Antonio Ocampo Gaviria.              

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