DECRETO 914 DE 1997
(abril 1º)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 del 27 de febrero de 1997 mediante el cual se establece la Planta de Personal de la Corporación Para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena-Cormacarena.
Nota: Modificado por el Decreto 534 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y de conformidad con el numeral 2º del artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 003 del 27 de febrero de 1997, expedido por el Consejo Directivo de la Corporación Para el Desarrollo Sostenible del Arrea de Manejo Especial la Macanea, Cormacarena, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 003 DE 1997
(febrero 27)
por el cual se establece la planta de personal de la Corporación para el Area de Manejo Especial la Macarena, Cormacarena.
El Consejo Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y en concordancia con el artículo 12 del Decreto 1768 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º Las funciones propias de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena “Cormacarena”, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece así:
No de
empleos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
DIRECCION GENERAL
1
Director General de Corporación Autónoma
0015
21
1
Secretaria Ejecutiva
5040
17
PLANTA GLOBAL
3
Subdirector General de Corporación Autónoma
0040
17
1
Secretario General de Corporación Autónoma
0037
17
1
Asesor
1020
05
1
Jefe de Oficina
2045
22
2
Profesional Especializado
3010
19
2
Profesional Especializado
3010
17
1
Profesional Especializado
3010
16
5
Profesional Universitario
3020
09
1
Topógrafo
4105
15
6
Técnico Administrativo
4065
13
No de
empleos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
1
Almacenista
5080
22
No de
empleos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
3
Auxiliar Administrativo
5120
15
6
Secretaria
5140
10
1
Conductor Mecánico
5310
11
1
Auxiliar de Servicios Generales
5335
07
Artículo 2º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias y requiere el concepto técnico del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Villavicencio a los 27 días del mes de febrero de 1997.
El Presidente,
(Fdo.) Hernando Zambrano León.
El Secretario,
(Fdo.) Félix Alberto Rodríguez R»
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 1º de abril de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro del Medio Ambiente,
José Vicente Mogollón.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.