DECRETO 882 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 882 DE 1997    

(marzo  31)    

por  el cual se modifica parcialmente el Decreto 690 de 1997.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la  Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las  Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, de  conformidad con el artículo 5º de la Decisión 370 de la Comisión del Acuerdo de  Cartagena,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modificar el artículo 3º del Decreto 690 de 1997  en el sentido de prorrogar hasta el 7 de abril de 1997 la entrada en vigencia  de las disposiciones en él consagradas.    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de  la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 31 marzo de  1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

José  Antonio Ocampo G.    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Carlos  Ronderos T.    

               

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