DECRETO 83 DE 1997
(enero 13)
por el cual se incorpora una hoja en el Decreto 2295 del 18 de diciembre de 1996.
Nota: Derogado por el Decreto 2685 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la consagrada en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3º de la Ley 6ª de 1971 y 2ª de la Ley 7ª de 1991,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el día 18 de diciembre de 1996 el Decreto 2295 por el cual se dictan normas relativas al Régimen de Tránsito Aduanero Nacional, Transporte Multimodal, Cabotaje y se dictan otras disposiciones;
Que el Decreto mencionado contiene 46 artículos cuyo texto completo fue aprobado por el Gobierno Nacional;
Que al numerar las hojas del decreto referido se omitió la hoja número 13 contentiva de los artículos 26 a 28,
DECRETA:
Artículo 1º. Incorpórase al Decreto 2295 del 18 de diciembre de 1996, la hoja número 13 que contiene los artículos 26 a 28 y corríjase la numeración de las hojas siguientes.
Artículo 2º. Ordénase la publicación del texto completo del Decreto 2295 del 18 de diciembre de 1996 en el Diario Oficial.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 13 de enero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Transporte,
Carlos Hernán López Gutiérrez
El Ministro de Comercio Exterior
Morris Harf Meyer.