DECRETO 571 DE 1997
(marzo 6)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Nota 1: Derogado por el Decreto 1694 de 2002 artículo 7.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1116 de 2002, por el Decreto 1499 de 2002, por el Decreto 1690 de 2002, por el Decreto 1692 de 2002, por el Decreto 2709 de 2001, por el Decreto 2192 de 2001, por el Decreto 772 de 2001, por el Decreto 1485 de 1999, por el Decreto 954 de 1998, por el Decreto 2749 de 1997 y por el Decreto 1993 de 1997.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos:
DIRECCION SUPERIOR
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
2 (dos)
Asesor
1020
12
1 (uno)
Asesor
1020
09
1 (uno)
Asesor
1020
08
1 (uno)
Asesor
1020
07
1 (uno)
Tecnólogo
4165
18
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
5120
11
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
1 (uno)
Asesor
1020
04
1 (uno)
Asesor
1020
02
1 (uno)
Asesor
1020
01
2 (dos)
Técnico Administrativo
4065
05
1 (uno)
Auxiliar de Servicios Generales
5335
15
2 (dos)
Secretario
5140
08
8 (ocho)
Auxiliar Administrativo
5120
07
1 (uno)
Secretario
5140
06
2 (dos)
Auxiliar de Servicios Generales
5335
05
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
12
2 (dos)
Asesor
1020
05
2 (dos)
Asesor
1020
04
1 (uno)
Profesional Especializado
3010
16
1 (uno)
Profesional Universitario
3020
08
1 (uno)
Profesional Universitario
3020
04
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (uno)
Analista de Sistemas
4005
13
1 (uno)
Programador de Sistemas
4060
12
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
18
2 (dos)
Secretario Ejecutivo
5040
16
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
5120
13
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
11
DIRECCION DEL TESORO NACIONAL
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
09
1 (uno)
Asesor
1020
06
1 (uno)
Profesional Especializado
3010
16
1 (uno)
Profesional Especializado
3010
14
1 (uno)
Profesional Universitario
3020
09
1 (uno)
Analista de Sistemas
4005
15
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
18
DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
4 (cuatro)
Profesional Universitario
3020
12
1 (uno)
Coordinador
5005
23
Artículo 2º. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos:
DIRECCION SUPERIOR
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (uno)
Jefe Oficina Asesora de Ministerio
0125
20
2 (dos)
Asesor
1020
15
2 (dos)
Asesor
1020
10
1 (uno)
Asesor
1020
12
1 (uno)
Asesor
1020
07
1 (uno)
Asesor
1020
05
1 (uno)
Profesional Especializado
3010
18
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
19
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
18
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
16
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
1 (uno)
Técnico Administrativo
4065
07
2 (dos)
Técnico Administrativo
4065
13
1 (uno)
Profesional Universitario
3020
06
1 (uno)
Profesional Universitario
3020
12
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
2 (dos)
Asesor
1020
07
1 (uno)
Asesor
1020
05
2 (dos)
Asesor
1020
02
1 (uno)
4005
16
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
21
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
5120
18
DIRECCION DEL TESORO NACIONAL
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
10
2 (dos)
Asesor
1020
04
1 (uno)
Asesor
1020
03
1 (uno)
Asesor
1020
02
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
5040
21
DIRECCION GENERAL DE CREDITO PUBLICO
Número
de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
4 (cuatro)
Profesional Especializado
3010
16
Artículo 3º. Las incorporaciones a la planta de personal así como la posesión de los nuevos cargos, deberán hacerse dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Decreto.
Artículo 4º. Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la modificación de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día en que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el artículo segundo de este Decreto, dando cumplimiento al punto 1.1. del Acuerdo suscrito entre el Gobierno y las Organizaciones Sindicales del 18 de febrero de 1997.
Artículo 5º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y adiciona los Decretos 1254 y 2254 de 1997 y 848 de 1996
Publíquese y cúmplase,
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas