DECRETO 3105 DE 1997
(diciembre 30)
por el cual se aprueba la Resolución número 1500 del 29 de diciembre de 1997, del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978 en concordancia con lo establecido por la Ley 397 de 1997 y su Decreto Reglamentario número 1977 de 1997,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase la Resolución número 1500 de diciembre 29 de 1997 del Instituto Colombiano de Cultura Colcultura en liquidación, “por la cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación”, cuyo texto es el siguiente:
“RESOLUCION NÚMERO 1500 DE 1997
(diciembre 29)
por la cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación.
El Director Liquidador del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 1º del Decreto 2296 del 15 de septiembre de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 397 de 1997, en su artículo 74 Ordena suprimir el Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación;
Que en el artículo 76 de la citada ley dispone que “las actividades, estructura y planta de personal del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación, y los cargos correspondientes se irán reduciendo progresivamente hasta desaparecer en el plazo previsto para que finalice la liquidación de la entidad “;
Que en el artículo 77 de la citada ley dispone que los empleados escalafonados en carrera administrativa y trabajadores oficiales podrán optar por una nueva vinculación o por la indemnización, de conformidad con las leyes vigentes;
Que el Decreto 1977 de 1997 por el cual se reglamenta la liquidación del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura en liquidación, en su artículo 14, establece que “dentro del término previsto para la liquidación del Instituto, el liquidador presentará un programa de supresión de empleos, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia del presente decreto”;
Que en tiempo el Director Liquidador de Colcultura en liquidación presentó el programa de supresión de empleos, el cual no recibió ninguna objeción;
Que mediante Resolución 3019 del 17 de diciembre de 1997, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, asignó al Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, los siguientes recursos:
Subordinal 12-Sección 2206, Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura.
Indemnizaciones.
Recurso-01-Recursos ordinarios $2.338.412.301.00
Recurso 17-Crédito interno nacional $1.161.587.699.00;
Que la División Financiera del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación, expidió la disponibilidad presupuestal número 554 del 29 de diciembre de 1997 por valor de $3.500.000.000.00, para amparar los gastos generados por las indemnizaciones producto de la aplicación del presente decreto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Suprimir de la planta de personal del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación, los siguientes empleos a partir del treinta y uno de diciembre de 1997:
Número
de cargos
Código
Grado
Descripción del empleo
Fecha
de supresión
1
0037
13
Secretario General de Entidad Descentralizada
97.12.31
4
0040
12
Subdirector General de Entidad Descentralizada
97.12.31
1
1020
05
Asesor
97.12.31
8
2040
17
Jefe de División
97.12.31
2
2085
09
Jefe de Grupo
97.12.31
1
2090
05
Director de Museo
97.12.31
1
2090
16
Director de Museo
97.12.31
1
2105
14
Director de Centro
97.12.31
12
3000
14
Investigador Científico
97.12.31
8
3010
15
Profesional Especializado
97.12.31
1
3020
04
Profesional Universitario
97.12.31
4
3020
05
Profesional Universitario
97.12.31
5
3020
07
Profesional Universitario
97.12.31
10
3020
08
Profesional Universitario
97.12.31
5
3020
10
Profesional Universitario
97.12.31
3
3020
12
Profesional Universitario
97.12.31
1
3020
13
Profesional Universitario
97.12.31
1
3021
07
Restaurador
97.12.31
2
3021
10
Restaurador
97.12.31
5
4055
13
Músico de banda
97.12.31
3
4055
14
Músico de banda
97.12.31
8
4055
15
Músico de banda
97.12.31
1
4072
07
Tramoyista
97.12.31
2
4072
09
Tramoyista
97.12.31
4
4080
07
Técnico Operativo
97.12.31
4
4080
09
Técnico Operativo
97.12.31
2
4080
10
Técnico Operativo
97.12.31
3
4085
08
Instructor
97.12.31
1
4095
08
Dibujante
97.12.31
1
4095
12
Dibujante
97.12.31
5
4110
05
Auxiliar técnico
97.12.31
6
4140
10
Asistente Administrativo
97.12.31
2
4140
12
Asistente Administrativo
97.12.31
1
4140
13
Asistente Administrativo
97.12.31
2
4140
14
Asistente Administrativo
97.12.31
7
4140
15
Asistente Administrativo
97.12.31
5
4140
16
Asistente Administrativo
97.12.31
5
5040
16
Secretario Ejecutivo
97.12.31
1
5040
18
Secretario Ejecutivo
97.12.31
1
5040
21
Secretario Ejecutivo
97.12.31
2
5080
11
Almacenista
97.12.31
1
5080
16
Almacenista
97.12.31
2
5120
07
Auxiliar Administrativo
97.12.31
1
5120
08
Auxiliar Administrativo
97.12.31
17
5120
09
Auxiliar Administrativo
97.12.31
13
5120
10
Auxiliar Administrativo
97.12.31
6
5120
11
Auxiliar Administrativo
97.12.31
3
5120
12
Auxiliar Administrativo
97.12.31
3
5120
13
Auxiliar Administrativo
97.12.31
2
5140
08
Secretario
97.12.31
2
5140
09
Secretario
97.12.31
6
5140
11
Secretario
97.12.31
8
5140
13
Secretario
97.12.31
9
5140
10
Secretario
97.12.31
1
5300
06
Operario Calificado
97.12.31
11
5300
09
Operario Calificado
97.12.31
1
5300
11
Operario Calificado
97.12.31
1
5300
15
Operario Calificado
97.12.31
7
5310
09
Conductor Mecánico
97.12.31
40
5335
07
Auxiliar de Servicios Generales
97.12.31
4
5335
09
Auxiliar de Servicios Generales
97.12.31
Artículo 2º. Suprimir a 31 de diciembre de 1997 ciento cuarenta y nueve (149) cargos de trabajadores oficiales de la Orquesta Sinfónica de Colombia y de los Parques Arqueológicos.
Artículo 3º. Suprimir de la planta de personal del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, en liquidación, los siguientes empleos a partir del treinta (30) de junio de 1998:
Número
de cargos
Código
Grado
Descripción del empleo
Fecha
de supresión
1
0015
20
Director General de Entidad Descentralizada
98.06.30
1
2045
20
Jefe de Oficina
98.06.30
1
2090
16
Director de Museo
98.06.30
4
3010
15
Profesional Especializado
98.06.30
1
3020
04
Profesional Universitario
98.06.30
3
3020
08
Profesional Universitario
98.06.30
1
4005
15
Analista de Sistemas
98.06.30
1
4140
10
Asistente Administrativo
98.06.30
2
4140
15
Asistente Administrativo
98.06.30
1
4140
16
Asistente Administrativo
98.06.30
1
5040
18
Secretario Ejecutivo
98.06.30
1
5040
21
secretario Ejecutivo
98.06.30
2
5120
09
Auxiliar Administrativo
98.06.30
2
5120
10
Auxiliar Administrativo
98.06.30
3
5120
11
Auxiliar Administrativo
98.06.30
1
5140
10
Secretario
98.06.30
4
5140
13
Secretario
98.06.30
1
5300
06
Operario Calificado
98.06.30
2
5335
07
Auxiliar de Servicios Generales
98.06.30
Parágrafo. El Instituto Colombiano de Cultura en Liquidación, suprimirá, a partir del treinta de junio de 1998, y en consecuencia dará por terminados los contratos laborales de dos (2) trabajadores oficiales de los Parques Arqueológicos que optaron por la indemnización en cumplimiento del artículo 77, inciso tercero de la Ley 397 de 1997.
Artículo 4º. “Los empleados públicos de carrera a quienes se les suprime el empleo como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución, tendrán derecho a la opción de ser indemnizados o al derecho preferencial a ser incorporados en otro cargo de carrera, conforme a lo dispuesto en la Ley 27 de 1992, el Decreto 1223 de 1993 y las demás normas que los sustituyan o modifiquen”.
Igualmente los trabajadores oficiales a quienes se les suprime el cargo por la presente resolución y no sean vinculados en esta misma calidad al Ministerio de Cultura, tendrán derecho a la indemnización contemplada en las demás normas legales vigentes para esta clase de servidores.
Artículo 5º. Las indemnizaciones que se generen como consecuencia de esta supresión de empleos, serán reconocidas mediante resoluciones individuales y pagadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 6º. La presente resolución rige a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial del decreto que la aprueba por parte del Gobierno Nacional y modifica en lo pertinente los Acuerdos 0080 del 1º de octubre de 1993, el Acuerdo 0010 del 29 de agosto de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 1997.
El Director Liquidador del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura en Liquidación,
(Fdo.) Guillermo Forero Alvarez
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga los Decretos 2160 del 29 de octubre de 1993, 311 del 15 de febrero de 1996 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Fernández Delgado.
El Ministro de Educación,
Jaime Niño Díez
El Ministro de Cultura,
Ramiro Eduardo Osorio Fonseca.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.