DECRETO 307 DE 1997
(febrero 7)
por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos Extraordinarios 1050 y 3130 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 10 del 19 de diciembre de 1996, expedido por el Comité Nacional de cafeteros, y cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NÚMERO 10 DE 1996
(diciembre 19)
El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones y,
CONSIDERANDO:
a) Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y prestación de servicios;
b) Que la cláusula décima segunda del actual contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café, suscrito por el Gobierno Nacional y la Federación Nacional de Cafeteros el 22 de diciembre de 1988, establece que “los ingresos y egresos corrientes, cuya diferencia es el excedente comercial, los que conforman los otros ingresos y egresos de que trata la cláusula novena y la financiación prevista en la cláusula décima del citado contrato, integran el presupuesto general del Fondo Nacional del Café.
Para cada año calendario, y durante el último trimestre del año anterior, este presupuesto se preparará por la Federación, se aprobará por el Comité Nacional, con el voto favorable del Ministro de Hacienda, y se ratificará posteriormente mediante decreto del Gobierno”;
c) Que el proyecto general de presupuesto del Fondo Nacional del Café para la vigencia 1997 fue estudiado el día 17 de diciembre de 1996 por los miembros de la Comisión designada para ese efecto por el Comité Nacional de Cafeteros en su sesión del 24 de junio de 1996;
d) Que el Comité en su sesión de la fecha, con el voto expreso y favorable del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, acogió integralmente dicho informe así como el proyecto de presupuesto incluido en el mismo,
ACUERDA:
Artículo 1º. Apruébase el presupuesto General del Fondo Nacional del Café para la vigencia
de 1997, con la siguiente composición:
INGRESOS CORRIENTES
Miles de Pesos
Por Ventas de Café
798.542’000.
Ingresos por Contribuciones obligatorias
20.967’000
Fondo de Protección y Recuperación Medio Ambiente
7.000’000
Ingresos Financieros
29.309’200
Otros ingresos corrientes
2.300’000
Total ingresos corrientes
858.118’200
EGRESOS CORRIENTES
Compras de Café
631.055’000
Gastos de operación y comercialización del Café en el interior y exterior
166.248’300
Gastos financieros
35.535’800
Transferencia Ley 9º
62.700’000
Total egresos corrientes
895.539’100
Resultado neto de la operación corriente
(37.420’900)
Otros ingresos
3.355’400
Otros egresos:
Programas de subsidio, Fomento y Diversificación
3.928’000
Programa de inversiones
(30.482’600)
Servicios prestados al Fondo por Federacafé
67.950’500
Administración Fábrica de Café liofilizado
7.936’200
Gastos varios
6.227’700
Fondo de protección y recuperación del Medio Ambiente
629’100
Amortización deuda largo plazo
76.170’000
Total otros egresos
132.358’900
Total ingresos y egresos netos
(129.003’500)
Deficit de Presupuesto
(166.424.’400)
Artículo 2º. El valor de los servicios prestados al Fondo Nacional del Café por la Federación de Cafeteros incluye el monto de la Administración General en el exterior, la cual será ejecutada en dólares.
Artículo 3º, Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Aprobado en Santa fe de Bogotá a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
El Presidente,
(Fdo.) Gómez Estrada.
El Secretario,
(Fdo.) Hernando Galindo Mayne.»
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase, Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Fernández Delgado.