DECRETO 3069 DE 1997
(diciembre 23)
por el cual se modifican parcialmente los Decretos 326, 1818 de 1996, 1485 del 30 de mayo y 2136 del 29 de agosto de 1997.
Nota 1: Derogado por el Decreto 1406 de 1999.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 2516 de 1998 y por el Decreto 819 de 1998.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1º. El numeral 1º del artículo 49 del Decreto 326 de 1996, modificado por el artículo 1º del Decreto 2136 del 29 de agosto de 1997, quedará así:
“1. Grandes y pequeños aportantes a partir del pago que se realice en el mes de mayo de 1998”.
Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente los Decretos 326, 1818 de 1996, 1485 y 2136 de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 1997
ERNEST0 SAMPER PIZAN0
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio J. Urdinola.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Iván Mareno Rojas.
La Ministra de Salud,
María Teresa Forero de Saade.