DECRETO 2999 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2999 DE 1997    

(diciembre  18)    

por el  cual se aprueba el Acuerdo número 011 de 1997, por el cual se modifica una  función contenida en el numeral 9º del artículo 14 del Acuerdo 002 de 1994,  aprobado mediante Decreto 123 de 1995.    

El  Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 189 de la Constitución Política  Nacional,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Apruébase el Acuerdo número 011 de diciembre 2 de 1997, de la Junta  Directiva del Instituto Nacional del Vigilancia de Medicamentos y  Alimentos-INVIMA-cuyo texto es el siguiente:    

«ACUERDO  NÚMERO 011 DE 1997    

(diciembre  2)    

por el  cual se modifica una función contenida en el numeral 9º del artículo 14 del  Acuerdo 002 de 1994, aprobado mediante Decreto 123 de 1995.    

La Junta  Directiva del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y  Alimentos-INVIMA‑, en uso de las facultades legales que le confiere el  numeral 2º del artículo 7º del Decreto 1290 de 1994,    

ACUERDA:    

Artículo  1º. Modificar las funciones de la Subdirección de Licencias y Registros  contenidas en el numeral 9º del artículo 14 del Acuerdo 002 de 1994, aprobado  mediante Decreto 123 de 1995  en el sentido de adicionar un parágrafo al numeral 9º, el cual quedará así:    

Parágrafo.  El otorgamiento de los vistos buenos a los Registros de Importación y  Exportación de los productos de competencia del INVIMA, podrá ser delegado por  el Director General del INVIMA mediante acto administrativo en un profesional  especializado de la Subdirección de Licencias y Registros.    

Artículo  2º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte  del Gobierno Nacional.    

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado en Santa  Fe de Bogotá, D. C., a los dos (2) días del mes de diciembre de 1997.    

El  Presidente,    

Juan  Carlos Giraldo Valencia.    

El  Secretario,    

Edgar  Zapata Barrios.»    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga  las normas que le sean contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

La  Ministra de Salud,    

María  Teresa Forero de Saade.              

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