DECRETO 2902 DE 1997
(diciembre 3)
por el cual se autoriza al Ministro de Minas y Energía para aceptar
una invitación, se confiere comisión al exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 129 y 189 de la Constitución Política, 34 del Decreto 1950 de 1973 y en desarrollo del artículo 4º del Decreto 1050 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Orlando Cabrales Martínez, Ministro de Minas y Energía, ha sido invitado por la firma Kleinwort, Benson Limited, para trasladarse a la ciudad de Nueva York, y participar como expositor en la Conferencia Anual de Energía, cuyo tema central es “The Emerging Markets Oil & Gas Sector”, durante los días 4 y 5 de diciembre de 1997, incluidos los de ida y regreso;
Que el señor Ministro de Minas y Energía hará su presentación sobre “Investment Policies in the Colombian Oil Sector”;
Que para la realización de esta comisión, los viáticos serán sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Minas y Energía para la actual vigencia, y los pasajes aéreos serán suministrados por la firma organizadora de la Conferencia.
DECRETA:
Artículo 1º. Autorízase al doctor Orlando Cabrales Martínez, Ministro de Minas y Energía, para aceptar la invitación y el pago de los pasajes aéreos por parte de la firma Kleinwort, Benson Limited, y trasladarse a la ciudad de Nueva York, para participar como expositor en la Conferencia Anual de Energía, cuyo tema central es “The Emerging Markets Oil & Gas Sector”, durante los días 4 y 5 de diciembre de 1997, incluidos los de ida y regreso.
Artículo 2º. Comisionar al doctor Orlando Cabrales Martínez, Ministro de Minas y Energía, para que se traslade a la ciudad de Nueva York, con el fin de asistir como expositor en la Conferencia Anual de Energía, cuyo tema central es “The Emerging Markets Oil & Gas Sector”, organizada por la firma Kleinwort, Benson Limited.
Artículo 3º. El término de la comisión de dos (2) días, incluidos los de ida y regreso, contados a partir del 4 de diciembre de 1997.
Artículo 4º. Los gastos de viáticos a razón de US$265,oo por día y medio, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 515 del 26 de noviembre de 1997. Los pasajes aéreos serán suministrados por la firma Kleinwort, Benson Limited.
Artículo 5º. Encargar de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía, al doctor Carlos Conte Lamboglia, Viceministro de Energía, por el tiempo en que el titular permanezca en el exterior.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Carlos Posada.