DECRETO 2888 DE 1997
(diciembre 3)
por el cual se convoca una Comisión Interinstitucional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 1º del Decreto ley 1050 de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1291 del 14 de mayo de 1997 se creó la Comisión Interinstitucional para la Revisión de Normas Penales que puedan relacionarse con la Protesta Social, con el fin de estudiar las normas sustanciales y procedimentales que puedan afectar la acción sindical y los derechos constitucionales relacionados con la protesta social, así como para la elaboración de los proyectos de ley y decretos que considere necesarios para ser presentados a consideración del Gobierno Nacional para su posterior trámite ante el Congreso de la República;
Que el citado decreto estableció que la Comisión sesionaría durante seis (6) meses contados a partir de la fecha de su expedición, es decir, desde el 14 de mayo de 1997;
Que a pesar de los esfuerzos y la labor realizada por la Comisión Interinstitucional, los objetivos planteados aún no se han completado en su totalidad, por lo que se hace necesario convocarla nuevamente, con el fin de cumplir a satisfacción con su cometido;
DECRETA:
Artículo 1º. Convóquese a la Comisión Interinstitucional para la revisión de Normas Penales que puedan relacionarse con la Protesta Social, por un término de seis (6) meses contados a partir de la expedición del presente decreto, para que, manteniendo sus integrantes, funciones, periodicidad y demás aspectos operativos, termine con la función asignada.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro del Interior,
Carlos Holmes Trujillo García.
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Almabeatriz Rengifo López.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gilberto Echeverri Mejía.
Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Iván Moreno Rojas.