DECRETO 2836 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2836 DE 1997    

(noviembre  26)    

por el cual se dictan disposiciones  en materia salarial y prestacional para los empleados públicos de la Empresa  Colombiana de Gas, Ecogas.    

Nota: Derogado por el Decreto 134 de 2009,  artículo 4º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º. A partir de la vigencia del presente decreto,  establécese para el Presidente de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogas, una  asignación básica mensual de cinco millones doscientos sesenta y cinco mil  quinientos ochenta y cuatro pesos ($5.265.584.00) moneda corriente.    

El Presidente de la Empresa Colombiana de Gas,  Ecogas, podrá percibir, en los mismos términos y condiciones, la prima técnica  a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.    

Artículo 2º. A partir de la vigencia del presente decreto,  establécese para el jefe de Control Interno de la Empresa Colombiana de Gas,  Ecogas, una asignación básica mensual de dos millones trescientos veintitrés  mil sesenta pesos ($2.323.060.00) moneda corriente.    

Artículo 3º. Los empleados públicos de la Empresa  Colombiana de Gas, Ecogas, tendrán derecho, en los mismos términos y  condiciones, al reconocimiento y pago de los factores de salario y prestaciones  sociales establecidos para los empleados públicos de la rama ejecutiva del  poder público en el orden nacional.    

Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de  noviembre de 1997.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Antonio  J. Urdinola.    

El Ministro de Minas y Energía,    

Orlando  Cabrales Martínez.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Función Pública,    

Edgar Alfonso González Salas.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *