DECRETO 2801 DE 1997

Decretos 1997

DECRETO 2801 DE 1997     

(noviembre  20)    

por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto  número 2562 del 17 

  de octubre de 1997.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las  conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución  Política, artículo 34 del Decreto número  1950 de 1973 y el Decreto número  1050 de 1997    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 2562 del 17 de octubre de 1997, se le concedió autorización par  aceptar una invitación y se le confirió una comisión de servicios en el  exterior al doctor Carlos Julio Gaitán González, Ministro de Desarrollo  Económico del 27 al 29 de octubre de 1997, en la ciudad de Caracas, Venezuela;    

Que la reunión de la Corporación Andina de  Fomento, CAF, culminó el 28 de octubre de 1997, por lo cual el señor Ministro  de Desarrollo Económico, regresó al país;    

Que por lo tanto se hace necesario modificar el  artículo 2º del Decreto  número 2562 del 17 de octubre de 1997, en el sentido de que el doctor  Carlos Julio Gaitán González, sólo estuvo en comisión de servicios en el  exterior los días 27 y 28 de octubre de 1997 en la ciudad de Caracas,  Venezuela,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modificar el artículo 2º del Decreto  número 2562 del 17 de octubre de 1997, en el sentido que el doctor Carlos  Julio Gaitán González, Ministro de Desarrollo Económico, sólo estuvo en  comisión de servicios en el exterior los días 27 y 28 de octubre de 1997, en la  ciudad de Caracas, Venezuela.    

Artículo 2º. El presente decreto, rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 20 de  noviembre de 1997    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Juan Carlos Posada.              

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